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Según el artículo 9 de la Ley 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, el responsable de un fichero, y en su caso, el encargado del tratamiento, deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Es obligatorio la elaboración e implantación de la normativa de seguridad mediante un documento de obligado cumplimiento para todo el personal con acceso a los datos de carácter personal.
Para facilitar todos estos trámites, XPERT ofrece un servicio de asesoramiento, poniendo a su disposición los distintos recursos para llevar a cabo y cumplir toda la normativa vigente.
LEGISLACIÓN:
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
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