La prevención de riesgos laborales es obligatoria en todos los centros sanitarios, según la ley 31/1995. Es necesario que los trabajadores conozcan los riesgos específicos que conllevan su trabajo, así como la realización de la vigilancia médica de la salud anual.
Las actividades laborales exponen a los trabajadores a determinados riesgos que deben eliminarse o minimizarse a través de las medidas de prevención antes de que generen accidentes laborales, enfermedades profesionales o simples daños materiales.
XPERT ofrece los servicios de consultoría y asesoramiento en este ámbito, en lo relativo al grado y modo de aplicación disponiendo de un acuerdo con una entidad especializada. Los servicios que se ofrecen son:
- Elaboración y actualización del Plan de Prevención de Riesgos Laborales
- Evaluación de Riesgos Laborales y auditoría de cumplimiento
- Planificación de actividad preventiva
- Formación especializada
- Memoria anual de la actuación preventiva realizada
- Asesoramiento jurídico.
LEGISLACIÓN:
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Ley 31/1995, 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
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